Local 31/01/2012 11:56:41
Ojo con las visitas no solicitadas de los servicios técnicos de butano
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El problema se viene arrastrando desde hace muchos años y, aunque parezca increíble, en la Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Torremolinos persisten las reclamaciones de vecinos que se han visto sorprendidos en su buena fe y engañados por los "timos" de presuntos técnicos que llegan a un domicilio para cambiar (y cobrar) las gomas, el regulador, las rejillas etcétera de ciertos usuarios desinformados.

Lo más preocupante, además de los elevados importes que se facturan en estos casos, es que los engaños se pueden producir en viviendas que tienen toda la instalación y los documentos en orden. Un golpe bajo a la economía doméstica y un verdadero engaño a los vecinos.

Las consultas y reclamaciones presentadas en la OMIC durante el año 2011 certifican que, lamentablemente, uno de los fraudes más corrientes de los que hoy en día puede ser víctima la persona consumidora es el que se refiere a la revisión de la instalación doméstica del gas.

Aunque son obligatorias las revisiones periódicas de las instalaciones domiciliarias de gas, según las condiciones que se detallan más abajo, nadie está obligado a dejar entrar en su domicilio a cualquier empresa que se presente a revisar su instalación, salvo en el caso de que se desee voluntariamente contratar sus servicios y se asegure previamente de su identidad

El problema, que persiste, es que técnicos de empresas que se personan en los distintos domicilios con el pretexto de revisar la instalación y con la clara intención de sustituir algunas piezas que aseguran están en mal estado o necesitan recambio, cobran precios desorbitados por esa operación. .

Además, se da la circunstancia, constatada, de que se presentan en viviendas que aún no han cumplido el plazo obligatorio de revisión o solicitan el certificado de tener pasada la revisión y, aprovechándose del desconocimiento o la avanzada edad de los vecinos, les obligan a hacer cambios de piezas que no son necesarios, cobrando precios abusivos e injustificados.

Es por ello que la OMIC del Ayuntamiento de Torremolinos aborda nuevamente este problema, ya que, pese a que es un tema que viene desde hace muchos años, lamentablemente sigue siendo un fraude que se presenta con alarmante reiteración. No hay que olvidar que la conocida como "Ley Ómnibus" también ha afectado al sistema vigente para que una empresa esté legalmente autorizada para realizar las revisiones de gas.

Antes de la entrada en vigor de esta Ley, previo a la autorización, la empresa tenía que justificar que cumplía con todos los requisitos para realizar esta actividad ante la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, pero con la entrada en vigor de la "Ley Ómnibus" a las empresas solamente se les exige entregar una Declaración Responsable que les es suficiente para, de inmediato, comenzar a realizar estas revisiones.

Asimismo, la OMIC del Ayuntamiento de Torremolinos recuerda a los consumidores que el 4 de marzo de 2007 entró en vigor el Real Decreto 919/2006 de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC).

En dicho Reglamento se establece lo siguiente:

- Artículo 4.1: Inspección periódica de las instalaciones receptoras alimentadas desde redes de distribución (es decir, de natural canalizado): Cada cinco años, y dentro del año natural de vencimiento de este período, los distribuidores de gases combustibles por canalización deberán efectuar una inspección de las instalaciones receptoras de sus respectivos usuarios, repercutiéndoles el coste derivado de aquélla, según se establezca reglamentariamente.

- Artículo 4.2: Revisión periódica de las instalaciones no alimentadas desde redes de distribución (es decir, de bombona): Los titulares o, en su defecto, los usuarios actuales de las instalaciones receptoras no alimentadas desde redes de distribución, son responsables de encargar una revisión periódica de su instalación, utilizando para dicho fin los servicios de una empresa instaladora de gas autorizada de acuerdo con lo establecido en la ITC-ICG 09. Dicha revisión se realizará cada cinco años.

En base a lo que establece este marco legal, la OMIC recomienda que, para evitar el fraude, las personas consumidoras que son las responsables del mantenimiento de su instalación de gas deben contactar con una empresa instaladora autorizada cuando esté próximo a cumplirse el plazo de cinco años desde la última revisión, solicitando un presupuesto por escrito antes de aceptar la prestación del servicio y, si el mismo es razonable, concertando una cita.

Es importante recordar que el consumidor puede solicitar acreditación tanto de la empresa como del instalador que se persone en su domicilio y cabe añadir además que la empresa autorizada ha de entregar dos copias de un Certificado de Revisión.

¿Qué es un Certificado de Revisión?

Es el documento que emite la Empresa Instaladora autorizada en el que se acredita que se ha realizado la revisión periódica y que no se ha encontrado ningún defecto.

Un contrato de mantenimiento de instalación individual NO ES un Certificado de Revisión.

Las consultas y reclamaciones presentadas en la OMIC ponen de manifiesto que uno de los problemas que se reiteran es que las personas que han sido sorprendidas en su buena fe por estas personas, pese a que han abonado cantidades muy elevadas, no disponen del obligatorio Certificado de Revisión, sino simplemente de un contrato de mantenimiento.

Como es obvio, si carece del Certificado de Revisión, lamentablemente deberá realizar la revisión obligatoria de su instalación de gas y volver a pagar el coste que por el mismo corresponda abonar. Así pues, no se deje timar. No abra la puerta de su vivienda a personas que no conoce y solamente por el color de su vestimenta, generalmente naranja, se presupone que pueden ser inspectores de su instalación de gas.

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